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¿Es Mutar destruir la construcción de un Bet hakneset, para construir un edificio residencial?

Pregunta: Una persona Millonaria compró un terreno en un país de Sud-America, para construir un Bet Hakneset en Shejuna (barrio), en la cual no hay más Bet Hakneset o instituciones de Torá. Se construyó ahí un edificio para un Kolel, Bet Hakneset, una Mikve para hombres y otra para mujeres. Aunque el continuó siendo el dueño del lugar y también frente a las autoridades civiles del país se registró como el dueño del área y el edificio. El lugar se desarrolló y abrió allí un Kolel abrejim y más. Muchas personas se fortalecieron y se unieron a la comunidad, aunque al mismo tiempo muchos se mudaron a vivir a otra Shejuna en la que hay centros e instituciones de judaísmo. Después de 30 años (aprox.) el dueño decidió que ya no hay una necesidad de mantener el edificio (la sinagoga) porque disminuyeron los miembros judíos de la Kehila, por lo que pidió a los miembros de esta y al Kolel que desalojaran el edificio, ya que se planea demolerlo y construir en su lugar un gran edificio residencial. Los miembros de la comunidad se asombraron ante esta noticia, y se preguntan si está prohibido destruir el Bet Hakneset, ya que este funciona todos los días con Tefilah, Shiurim y más actividades, y que además no hay un Bet Hakneset diferente en la Shejuna, y que es imposible caminar a pie en Shabat a los Bet Hakneset de las otras Shejunot, y también las Mikvaot están alejadas, y mientras el dueño sigue sosteniendo que el es el dueño, y si no hay otro lugar para construir para ellos otro Bet Hakneset ¿Cuál es el Din?
Respuesta: Está prohibido destruir el Bet Hakneset mientras no se construya otro Bet Hakneset en el lugar, e incluso en el caso que este Bet Hakneset pertenece a una sola persona y él fue quien construyó el Bet Hakneset y todavía es el dueño del lugar y está registrado a su nombre frente a las autoridades del país, todavía hay una prohibición y debe mantener el lugar. Y además incluso si decide construir un edificio diferente (para la sinagoga) y trasladarla para allá, todavía se necesita el consentimiento y aprobación de la Kehila, y también es la opinión de la mayoría de los Poskim que no solo quien construyó tiene derecho a tomar una decisión sino que también todos para quienes se construyó, y los que rezaban ahí tienen derecho a decidir sobre el edificio, y solo después del apoyo de todos se le permite transferir el Bet Hakneset a otro edificio. Aunque destruirlo sin construir en otro lugar en todo caso está prohibido incluso si todos están de acuerdo. Y en el caso que hizo una condición sobre el derecho a decidir sobre destruirlo, de hecho, la condición es útil si construye otro Bet Hakneset y lo traslada para allá, aunque mientras no haya otro Bet Hakneset está prohibido para él destruir el Bet Hakneset o venderlo. Que el benefactor del edificio reciba el doble desde el cielo, siempre que recen y estudien allí, y su recompensa no tenga fin.
Motivos
Prohibición de destruir Bet Hakneset antes de construir otro Bet Hakneset.
Dictaminó el Shulján Aruj en el Simán 154:1 “no hay que destruir un Bet Hakneset para construir otro Bet Hakneset, talvez les suceda a ellos un imprevisto y no construyan otro, sino que construyan otro primero y después destruyan el antiguo”. Y la fuente de esto está en Baba Kama 3a y de acuerdo a Rab Ashi (y que incluso si es posible encontrar un lugar temporal para rezar mientras tanto hasta que se construya otro, no hay un permiso de destruir el Bet Hakneset). Y también trae así la Guemará en Meguilá 26b. Y así también sostuvieron el Rif en Baba Kama 8a y el Rambam (Tefila halajá 12) y como explica todo esto el Bet Yosef 152. Y también sostuvo allí la Mishna Berurá 5 que incluso si hay un lugar que se entrego para rezar, está prohibido destruir el Bet Hakneset. Y allí el Shaar Hatziun letra 6 escribió que así también consienten los Poskim.
En el tema anteriormente mencionado cuando el Bet Hakneset pertenece a una solo persona
Escribió el Meiri (Meguila 25a d’’h Dibur) el público o individuo que quiere destruir el Bet Hakneset y hacer otro nuevo, no destruirán este hasta que construyan otro, tal vez no salga según lo planificado y se encuentren parados sin Bet Hakneset. Y trajo la Halajá en la Mishna Berurá (s’’k 1) sobre lo antes mencionado “como en el Bet Hakneset, es también la ley por un Bet Midrash, ya sea de una persona o de muchas” (Meiri).
Y más de esto se trae en el Rama (Simán 153:7) “un individuo construyó un Bet Hakneset y lo dio a la comunidad, su Din es como un Bet Hakneset de la comunidad (que está prohibido venderlo o destruirlo sin el consentimiento de la Kehila, es decir, que cuando la Kehila quiera venderlo, el individuo que construyó el Bet Hakneset no puede protestar) pero si no dejo para sí mismo ningún poder (y aunque se haya dejado para sí mismo el derecho sobre el edificio y que solo él puede agregar al edificio o renovarlo como se trae en el Bet Yosef) no pueden venderlo, incluso ni la Kehila ni el dueño por si solos” (es decir que se necesita la aprobación de ellos juntos para vender el edificio y uno sin la aprobación del otro, no tiene autorización).
Y la fuente del Rama es el Hagaot Hashiri en nombre del Ohr Zarua. Y su razón es que, ya que construyó la sinagoga para la comunidad, en este caso no tiene la fuerza para protestar incluso contra cualquiera que vaya a rezar, por lo que no puede vender sin su aprobación. Y trae el Bet Yosef (153 hoja 128a) que el Ohr Zarua explica que todo el Bet Hakneset tiene derecho a decir si venderle o no a quienes lo pagaron, es decir específicamente cuando los donantes son de la misma comunidad, entonces la decisión está en sus manos. Pero cuando una sola persona pago la construcción del Bet Hakneset para la comunidad, no tiene en sus manos el derecho a decidir, sino que necesita la aprobación de la comunidad. Y de acuerdo a los que explican que no hay derecho de decisión en los donantes sino en quienes realmente lo usan, para los cuales se construyó el Bet Hakneset, ciertamente que el individuo que donó para el edificio no tiene el derecho a decidir, aunque se haya dejado para si mismo el derecho del edificio en el que solo él puede renovarlo, etc. Y la Halajá es ciertamente que la última palabra no la tienen los donantes, sino que el poder de decisión es de los que rezan y de todas las personas que van, y sin su aprobación no hay posibilidad de vender como se trae en el Bet Yosef (anterior).
Palabras del Noda BiYehuda
El Shu’’t Noda Biyehuda (Oraj jaim 17) trae que se le preguntó sobre una persona que le permitió a la Kehilá rezar en un cuarto de su casa, y convirtió este cuarto en un Bet Hakneset. Y después de un tiempo canceló este Minyan, y se le pregunto si todavía la santidad de Bet Hakneset estaba sobre este cuarto, y si está prohibido venderlo o destruirlo.
Y respondió el Noda BiYehuda que quien dio permiso para rezar en el cuarto dentro de la casa, fue considerado una sinagoga temporal, y no hay en esto santidad de Bet Hakneset. Pero si es evidente por sus acciones que la santificó (dedicó) (aunque no la dedicó verbalmente) y ya que se impregnaron sobre las murallas unas cuantas súplicas y solicitudes con los nombres que no pueden ser borrados, como lo es en las sinagogas, este cuarto tiene el Din de Bet Hakneset por ser la única sinagoga (del lugar). Y no hay ninguna regulación, excepto que este individuo venda, con el consentimiento de todas las personas de la Shejuna a la que pertenece esta sinagoga, y tomaron el dinero para proporcionarlo a un Talmud Torá o para casar a un huérfano.
Vender la sinagoga de un individuo cuando no hay otra sinagoga
Es claro que incluso cuando la sinagoga es privada y pertenece a cierta persona, no tiene derecho a venderlo (o destruirlo), a menos que cuente con el consentimiento de la comunidad y de todos aquellos que están en el mismo lugar.
Ahora explicaremos Bs’’H que incluso cuando todo el público está de acuerdo con esto, todavía no hay permiso para venderlo, a menos que tengan para ellos otro Bet Hakneset con la capacidad de contener a todos los miembros juntos.
Después de que el Rama escribió las palabras del Ohr Zarua antes traídas (que un judío que construyó una sinagoga no puede venderlo sin el consentimiento de la congregación), el Rama agregó lo siguiente: “Y todo esto no es sino cuando tienen un Bet Hakneset diferente, pero si no hay para ellos otro Bet Hakneset no tiene permiso para venderlo, por lo que está prohibido venderlo hasta que se construya otro”. Esta fuente proviene del Ramban (Megillah Reish 84) y Ran (8a), como es traído en el Bet Yosef. Así como fue comprobado por el Meiri anteriormente.
El asunto es claro que, incluso después de que se tiene todo el consentimiento de la comunidad, y ya no hay nadie que pueda retrasar la venta, en todo caso todavía tiene la prohibición de vender o destruir el Bet Hakneset, que no tiene permitido la venta, excepto cuando compra otro Bet Hakneset, que ya está listo. Por lo tanto, no tiene permitido destruir el Bet Hakneset hasta que haya otro Bet Hakneset ya listo, como se trajo arriba.
Esto se debe a que el consentimiento de la comunidad y el consentimiento de la persona que pagó no es más que un asunto financiero, y todos tienen el derecho de detener a otros, pero el asunto de la prohibición y el permiso el Din es como se mencionó anteriormente.
En el caso anterior, cuando era una condición que el donante podía hacer lo que quisiera sin el consentimiento del público
El Shulján Aruj (153:7) escribió que, si al momento de la construcción del Bet Hakneset una determinada persona hizo una condición de que puede hacer lo que quiera, y todo depende de su decisión, el individuo tiene derecho a vender el edificio. (Ver la Mishna Berurá s’’k 36 que, aunque en el Shulján Aruj se trae que no se puede vender sin el consentimiento de la comunidad, en todo caso si al momento de la construcción del Bet Hakneset se estableció explícitamente que el individuo decidirá, sin el consentimiento del público, se aplica la condición). Aunque también sobre esto escribió el Rama que todo esto no funciona, sino que cuando hay otro Bet Hakneset, como se explica en la Mishna Berurá (s’’k 40) en nombre del Pri Megadim. Encontramos que no ayudará la condición de que podrá el individuo decidir qué hacer con la construcción del Bet Hakneset, y que no sería suficiente para anular la prohibición de destruir un Bet Hakneset en la medida en que no se construya otro (Bet Hakneset) en el lugar.
Kol tuv
Rab Naftali Espinoza, Rosh Yeshiva Pirjei Shoshanim Israel
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