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¿Está permitido para un Judio robar o engañar a un No judio?
- 7 de febrero de 2021
- Publicado por: Rab Naftali Espinoza
- Categoría: Halaja

Respuesta: La fuente para esta repuesta está en el Shuljan Aruj en la sección de Joshen Mishpat Siman 348:1-2.
Escribió el Mejaber: 1. Está prohibido robar (lignov) incluso si es una cantidad pequeña de acuerdo con el din de la Torá y está prohibido robar, incluso si es de broma, incluso con la condición de devolverlo o para pagar el doble o para causar dolor. Todo está prohibido para que hacer esto no se haga una acostumbre.
- Cualquiera que robe, incluso una Pruta, ha transgredido la prohibición de no robar y está obligado a pagar, ya sea que robó dinero de un judío o que robó dinero de un no judío o uno que robó mucho o poco.
El Rama agrega a esto que el error de un no judio, por ejemplo, se equivocó al contar o pagar sus préstamos, está permitido (aprovecharse de esta situación), y siempre que no lo sepa (el no judio), para que no haya Jilul Hashem . Y hay quienes dicen que está prohibido engañarlo, excepto si comete el error por su cuenta, y luego está permitido (aprovecharse de este error).
Antes de entregar el Psak de esta Halaja, debemos diferencias dos conceptos, el de Ganav y Gazlan lo cual es explicado por el Rambam (Halajot Geneiva 1:3 y Gezeila 1:3):
¿Quién es un ladrón (Ganav)? Una persona que toma en silencio, artículos que pertenecen a un amigo, sin que el dueño lo sepa, por ejemplo, uno que roba carteras y que no es detectado por el dueño o robos similares a este.
¿Qué se entiende por ladrón (Gazlan)? Una persona que toma por la fuerza bienes pertenecientes a un amigo. Por ejemplo, una persona que ingresa en el dominio de un amigo y toma utensilios contra la voluntad de este.
La cantidad mínima considerada robo
El Shuljan Aruj en el simán 348:2 nos señaló que incluso si se robó la cantidad mínima de una Pruta, se es culpable, pero ¿Por también se prohíbe una cantidad inferior a esta cantidad básica (el mínimo para realizar cualquier compra)? De la Guemará Sanhedrin 57a aprendemos que el problema en si no es el valor de lo robado, sino que la acción misma del robo, ya que este provoca una gran angustia al momento del robo, sobre todo cuando este se realiza usando la fuerza y violencia.
Safek (duda) de robo
El Kesef Hakodashim Siman 359:1 s’’k 1 nos trae el caso cuando hay dudas si realmente se ha realizado un robo o no. Él escribe que le parece que, si hay un safek de robo, es Mutar Mide’oraita, y esto es así, a pesar de que la regla dicta que cuando hay un safek de la Torá seguimos lejumrá.
מדת חסידות – Midat Jasidut
El Mejaber nos trae al final del saif 2 al ירושלמי – Yerushalmi quien denota que quizás haya un umbral mínimo incluso para un איסור. Como por ejemplo robar algo tan insignificante como una astilla obtenida desde la cerca de un amigo, pero, sin embargo, es correcto no hacer esto por causa de (מדת חסידות).
Robar a los no judíos
Hay una discusión en la Guemará Sanhedrin 57a sobre si se es jayav[1] o patur por el Issur de robar a un no judío. Leeremos la siguiente sugya para tener un panorama más amplio sobre la idea detrás de la discusión:
La Guemará pregunta: ¿Pero es un Benei Noaj ejecutado por robo (gezel)? Pero no se enseña en una baraita: con respecto a los siguientes tipos de robo (Gezeila): uno que roba (Geneva) o asalta (Gezela), y también uno que tiene relaciones sexuales con una bella mujer casada que fue tomada como prisionera de guerra, y todas las acciones similar a estas, si son hechos por un gentil a otro gentil, o por un gentil a un judío, la acción está prohibida; pero si un judío lo hace a un gentil, ¿está permitido? El Guemará explica la pregunta: Y si es así que un gentil puede ser ejecutado por robo, y no se lo prohíbe simplemente, deje que la baraita le enseñe que el es culpable (jayav).
La Guemará responde: Debido a que el tanna quería enseñar en la última cláusula que, si un judío lo hace a un gentil, está permitido, él enseñó en la cláusula anterior que, si un gentil hace una de estas, está prohibido. Si la baraita declara que, si un gentil lo hace, y él es Jayav, tendría que decir que, si un judío lo hace a un gentil, está exento (Patur), porque esto es lo contrario de Jayav. Eso indicaría que en realidad está prohibido que un judío lo haga a un gentil, y que simplemente está exento de culpabilidad, lo cual no es el caso. Por lo tanto, la palabra prohibida se usa con respecto a un gentil. Por lo tanto, esto no prueba que un gentil esté exento (Patur) de la pena capital.
Como se puedo ver en esta Guemará Sanhedrin 57ª, aquí se discutió el איסור (la prohibición) de גזל (robo) para un judío en lugar de un gentil.
Majloket Rishonim
Continuando con la idea traída anteriormente en la Guemará, vemos que entre los Rishonim hay una discusión si finalmente robarle a un no judío es una prohibición de la Tora o Rabínica.
Rashi – רש”י בד”ה ישראל מעכו”ם
Rashi nos señala que se está Patur de robarle a un no judío, por lo tanto, es una prohibición solo de naturaleza rabínica.
Rashal, Rambam, Tur y Smag
El Shaj s’’k 2 (Simán 348:1) y el Beer Heitev s’’k 2 traen al Rashal, Rambam, Tur y Smag quienes sostienen que se está Jayav de robarle a un no judío, por lo tanto, esta es una prohibición de la Torá.
El Sm’’a 5 también nos señala que no hay diferencia en Geneva (robar) y Gezela (Asaltar) a un no judío, es decir, ambos están prohibidos.
Y así Psak nuestra Halaja, que robarle a un no judío está prohibido, así como está prohibido robarle a judío.
Si el no judío se equivocó por su propia cuenta vs Jilul Hashem
La Guemará Baba kama 113a-b, nos trae una sugya que habla al respecto:
La Guemará infiere de esta baraita: E incluso según el Rabino Akiva, la razón por la cual la corte no emplea trucos para reivindicar al judío es solo porque se considera la santificación del nombre de Di-s. En consecuencia, si no se considera la santificación del nombre de Di-s, el tribunal aborda el caso de manera tortuosa. Aparentemente, estaría permitido engañar a un gentil.
La Guemará continua y trae: ¿Pero está permitido robarle a un no judio? ¿No se enseña en una baraita: el Rabino Shimon dijo que el Rabino Akiva enseñó este asunto cuando vino de Zephirin: de dónde se deduce que está prohibido robar a un no judio? Es por el hecho de que el versículo dice con respecto a un judío que ha sido vendido como esclavo a un gentil: “Después de que sea vendido, puede ser redimido” (Levítico 25:48), indicando que no se debe tomar un esclavo hebreo por la fuerza y, por lo tanto, permitirle abandonar la jurisdicción de los gentiles. Más bien, el judío debe ser liberado por medios legales. Uno podría haber pensado que está permitido engañarlo para liberar al judío. Por lo tanto, el versículo dice: “Y tendrá en cuenta al que lo compró” (Levítico 25:50), para enseñar que uno debe ser preciso en los tratos financieros con el comprador de un esclavo hebreo, y debe pagarle la suma adecuada sin emplear ninguna forma de engaño. Esto indica que está prohibido robar a un gentil.
La Guemará responde que Rav Yosef dijo: Esto no es difícil, ya que esta decisión que permite que el tribunal engañe a un gentil se emite con respecto a un gentil regular, mientras que ese versículo, que enseña que está prohibido engañar a un gentil, se afirma con respecto a un gentil que reside en Eretz Israel y observa las siete mitzvot noahidas [ger toshav].
Abaye le dijo a Rav Yosef: ¿Cómo es posible diferenciar entre un gentil y un ger toshav? ¿No están ambos escritos uno al lado del otro, lo que indica que la misma halajá se aplica a ambos? Como se enseña en una baraita: Aquel que viole las prohibiciones del Año Sabático será castigado por tener que recurrir a venderse como esclavo. Y él no se venderá a ti, sino a un extraño, como esta señalado: “Y se venderá al extraño” (Levítico 25:47), y no a un extraño que es un converso, sino a un ger toshav, como se señala: “Y se vendera al extraño que es un residente [ger toshav] contigo” (Levítico 25:47).
El versículo continúa y dice: “O a la rama de la familia de un extraño”. Cuando dice “la familia de un extraño”, se refiere a los miembros de la familia gentil de un ger toshav, que son idólatras. Cuando dice “o en la rama”, esto se refiere a un judío que es vendido a un adorador de ídolos, es decir, para trabajar en un templo dedicado a la idolatría. Como se afirma posteriormente: “Él tendrá en cuenta con el que lo compró” (Levítico 25:50), es evidente que este cálculo se aplica por igual a cada uno de los anteriores, incluido el gentil. Esto contradice la respuesta de Rav Yosef.
Más bien, Rava dijo: No hay complicación, porque aquí, en el caso del esclavo, se declara la halajá con respecto a un acto real de robo cometido contra un gentil, pero allí, en el caso de la baraita, donde sería permitido emplear el engaño si no fuera por la profanación del nombre de Di-s (Jilul Hashem), la halajá es señalada en relación a la anulación de su préstamo. Se permite anular un préstamo adeudado a un gentil porque no implica realmente tomar dinero.
Vemos de esta Guemara Baba kama 113a-b que el problema principal de aprovecharse de un error del no judío, es el riesgo de caer en Jilul Hashem.
תוספות בבא קמא קי”ג: בד”ה יגלום – Tosafot
Sobre la línea de la Guemará (יכול יגלום עליו – uno podría haber pensado), Tosafot enfatiza la diferencia entre el propio error del gentil y el ser engañado. Sin embargo, en otra línea parece indicar que incluso el engaño activo está bien a menos que se dé cuenta. Por qué solo el darse cuenta provocaría un real Jilul Hashem.
El Rama en el Saif 2 del Simán 348 escribió que, si un no judio se equivocó al contar o pagar sus préstamos, está permitido aprovecharse de esta situación, y siempre que no lo sepa el no judío, para que no haya Jilul Hashem.
El Shaj s’’k 1 trae el comentario del Bahag quien sostiene que, si un judío ya le robo a un no judío, no necesitaría devolverle lo robado (por causa del Issur de robar), más bien solo se debe devolverlo por Kidush HaShem.
El Biur HaGra s’’k 8 nos trae que cuando hay posibilidad de causar Jilul Hashem está prohibido Mide’oraita robarle a un no judío.
El Sm’a s’’k 3 primero escribe que se le permite robar al no judío, solo si este se equivocó al sacar una cuenta, solo, sin la influencia de nadie. Pero finaliza diciendo que incluso si se equivocó por si mismo, uno no debería aprovecharse de esta situación. Y esto es más claro aun cuando existe la posibilidad de que sea descubierto, lo que provocaría un Jilul Hashem.
Psak Halaja:
A la luz de lo antes estudiado, y respondiendo la pregunta inicial, de que si ¿está permitido para un Judio robar o engañar a un No judio? Lemaase robarle a un no judío está tan prohibido, como lo está el robarle a un judío.
Y si el no judío se equivoco por su cuenta, debido al mérito de hacer Kidush Hashem (santificar el Nombre de Hashem) uno no debería aprovecharse de esta situación, y debería hacerle saber al no judío de su equivocación. Y esto es más claro aun cuando existe la posibilidad de que sea descubierto, lo que provocaría Jaz veshalom lo contrario, es decir un Jilul Hashem (Profanación del nombre de Hashem).
Por último, Un ejemplo de esto sería el siguiente:
Si en un supermercado donde solo compran judíos, y los dueños son No judíos, y un judío robo 500 pesos, sin que nadie se diera cuenta, pero al final del día, al cerrar las cajas y sacar las cuentas, vemos que faltan 500 pesos, si bien los dueños no saben quién específicamente fue el que realizo el robo, solo saben con seguridad que el ladrón fue un judío. Aquí tendríamos un grave caso de Jilul Hashem, y por lo tanto, de acuerdo con el HaGra, el ladrón habría cometido un Issur de la Torá.
Kol Tuv
Rab Naftali Espinoza, Rosh Yeshiva Pirjei Shoshanim Israel
[1] Cuando hablamos de Jayav significa que se es culpable de una prohibición de la Torá, y cuando se es Patur, significa que se esta exento de una responsabilidad de la Torá, pero se es culpable de una prohibición Rabínica.